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26.3.08

LOS IMPROPERIOS

El diccionario de la RAE de la Lengua define el término improperio como “Injuria grave de palabra, y especialmente la que se emplea para echar a alguien en cara algo” y en una segunda acepción como “Versículos que se cantan en el oficio del Viernes Santo, durante la adoración de la cruz”. En efecto, las dos cosas son improperios aunque en sentido litúrgico se refiere a reproche o queja, concretamente a las quejas de Jesús contra su pueblo que se cantan durante la Adoración de la Cruz el Viernes Santo. Los textos actuales proceden del S. IX y se mezclan dos planos: por un lado la queja de Yahvé contra Israel en el Antiguo Testamento y la queja de Jesús crucificado para con su pueblo, en el Nuevo Testamento.
El Viernes Santo es un día alitúrgico, al igual que el Sábado Santo, ya que son los dos únicos días en que no se celebra la Eucaristía.
La Liturgia del Viernes Santo tiene tres partes: Liturgia de la Palabra y Oración de los fieles especialmente solemne, la Adoración de la Cruz y Sagrada Comunión llamada de presantificados, con las hostias consagradas el día anterior.
El rito de la Adoración de la Cruz comienza con la procesión para llevarla, cubierta con un velo, al altar. Allí se descubre en tres fases, acabando cada acto con la frase “Mirad el árbol de la Cruz, donde estuvo clavada la salvación del mundo” respondiendo todos: “Venid a adorarlo”. El Misal propone dos formas para este rito. A continuación el sacerdote, ministros y pueblo se acercan a adorar a la Cruz, haciendo genuflexión u otro signo de veneración. Si el pueblo es muy numeroso se puede sustituir la adoración individual por una colectiva. En este momento de adoración es cuando se entonan los improperios, en los que Jesús reprocha a su pueblo su ingratitud.
“¡Pueblo mío!
¿Qué te he hecho, en qué te he ofendido?
Respóndeme
Yo te saqué de Egipto;
Tú preparaste un cruz para tu Salvador...
En definitiva, Jesús relata lo que ha hecho por su pueblo: lo sacó de Egipto, lo condujo a través del desierto, lo alimentó con el maná, hizo por él toda clase de portentos; en recompensa por todos esos favores, el pueblo lo trata con desprecio. La antítesis: "Yo te saqué de Egipto, tú preparaste una cruz para tu Salvador", es usada para dar efecto a toda la composición. Entre un improperio y otro tenemos el patético estribillo: "¡Pueblo mío! ¿Qué te he hecho, en qué te he ofendido? Respóndeme", y el trisagio: "¡Santo es Dios, santo y fuerte! Santo inmortal, ten piedad de nosotros". Cristo nos reprocha a todos, no sólo a los que lo crucificaron; pero lo hace de forma tan suave, que suscita nuestra compasión más que nuestro sentimiento de culpabilidad. Lo que se cuestiona es nuestra ingratitud y dureza de corazón. La única respuesta a esas preguntas y reproches es el beso silencioso a los pies del Señor crucificado.
El Misal Romano contiene completos los improperios, versos de una belleza incalculable y que el fiel que los lea enseguida entenderá porque se llaman improperios. Se rematan con Hágios o Theós (Santo es Dios).

20.3.08

LAS LECTURAS DE LA MISA: QUIENES DEBEN PROCLAMARLAS

Las lecturas de Biblia que la Iglesia propone a lo largo de todo el año litúrgico se hallan recogidas en los diversos tomos de que consta el LECCIONARIO. Como criterios generales observados al elegir los textos podemos decir que en los domingos y fiestas se proponen los textos considerados más importantes para que en un ciclo de tres años, se lean a los fieles las partes más relevantes de la Sagrada Escritura. Esto se debe a que la mayoría de los cristianos practicantes suelen tener contacto con la palabra de Dios fundamentalmente en la misa dominical. El resto de la Escritura que no se lee los domingos o fiestas está asignado a los días feriales, siguiendo otros criterios ya que la serie ferial se desarrolla en dos años (pares e impares) durante el tiempo ordinario y en un solo ciclo anual durante los tiempos llamados fuertes, o sea, Adviento-Navidad, Cuaresma y Pascua.
En otro artículo hemos analizado el Leccionario. Ahora vamos a ver quienes son los ministros adecuados para proclamar las lecturas de la Misa.
Como norma general podemos comenzar afirmando que proclamar las lecturas nunca es oficio propio del presidente de la asamblea eucarística. Sólo en el caso de que no haya un ministro adecuado deberá proclamarlas.
El Evangelio es propio del diácono, si lo hay, o en su lugar de alguno de los sacerdotes concelebrantes. Tanto el diácono como el concelebrante recibirán el encargo del presidente, al cual piden su bendición en voz baja: “Padre, dame tu bendición”respondiéndole el sacerdote: “El Señor esté en tu corazón”. Al acabar dicen en secreto: “Las palabras del Evangelio borren nuestros pecados”. Sólo si no hay ministros adecuados lo proclamará el presidente. En ningún caso lo hará un laico. No obstante lo dicho si está permitido que un lector laico proclame el Evangelio en la Misa del Domingo de Ramos, cuando al leer la Pasión de Nuestro Señor se necesitan tres lectores (Jesús, Sanedrín y Cronista), reservándose siempre el papel de Jesús al sacerdote. En este caso, los lectores laicos no reciben el encargo de parte del presidente.
Las lecturas no evangélicas tiene al lector instituido como ministro propio. Si lo hay, a él le corresponde hacerlas. Si no hay lector instituido puede proclamarlas un lector ocasional, sin discriminación entre hombre o mujer. Lo mismo vale para el salmo responsorial. También pueden realizarlas el diácono u otro concelebrante ante la falta de lector adecuado.

14.3.08

EL RITO DE LA DEDICACIÓN DE LAS IGLESIAS

El rito de la dedicación de iglesias y de altares es una de las más solemnes acciones litúrgicas. El lugar donde la comunidad cristiana se reúne para escuchar la palabra de Dios, elevar preces de intercesión y de alabanza a Dios y, principalmente, para celebrar los sagrados misterios, y donde se reserva el Santísimo Sacramento de la Eucaristía es imagen peculiar de la Iglesia, templo de Dios, edificado con piedras vivas; también el altar, que el pueblo santo rodea para participar del sacrificio del Señor y alimentarse con el banquete celeste, es signo de Cristo, sacerdote, hostia y altar de su mismo sacrificio.
La dedicación de la iglesia supone para la comunidad cristiana local el coronamiento de una larga empresa de esfuerzos compartidos por todos. Debe ser un día de fiesta, que no puede pasar desapercibido, sino que debe marcar un hito importante en la vida eclesial. Y el aniversario de la Dedicación debe aprovecharse para una concienciación más responsable del papel activo que todos tenemos en la iglesia.
NATURALEZA Y DIGNIDAD DE LAS IGLESIAS
Cristo, por su muerte y su resurrección se convirtió en el verdadero y perfecto templo de la nueva Alianza y reunió al pueblo adquirido por Dios. Este pueblo santo, unificado por virtud y a imagen del Padre, el Hijo y el Espíritu Santo, es la Iglesia, o sea, el templo de Dios edificado con piedras vivas, donde se da culto al Padre con espíritu y verdad. Con razón, pues, desde muy antiguo se llamó "Iglesia" el edificio en el cual la comunidad cristiana se reúne para escuchar la palabra de Dios, para orar unida, para recibir los sacramentos v celebrar la eucaristía.
Por el hecho de ser un edificio visible, esta casa es un signo peculiar de la Iglesia que peregrina en la tierra e imagen de la Iglesia celestial. Y porque la iglesia se construye como edificio destinado de manera fija y exclusiva a reunir al pueblo de Dios y celebrar los sagrados misterios, conviene dedicarla al Señor con un rito solemne, según la antiquísima costumbre de la Iglesia.
La iglesia, como lo exige su naturaleza, debe ser apta para las celebraciones sagradas, hermosa, con una noble belleza que no consista únicamente en la suntuosidad y ha de ser un auténtico símbolo y signo de las realidades sobrenaturales. La disposición general del edificio sagrado conviene que se haga de tal manera que sea como una imagen de la asamblea reunida, que consienta un proporcionado orden de todas sus partes y que favorezca la perfecta ejecución de cada uno de los ministerios".

LOS RITOS DE DEDICACIÓN
Son varios, que pueden resumirse en: la aspersión, la unción del altar y de los muros de la iglesia, unción del altar y de los muros de la iglesia, cremación del incienso. revestimiento e iluminación del altar.

La aspersión
En clara analogía con los sacramentos de la iniciación cristiana en virtud de los cuales el creyente se convierte en templo de Dios al recibir sucesivamente el bautismo, la confirmación y la eucaristía, ante todo, el altar y la iglesia son lavados con agua bendita. Por eso, tras la procesión de entrada y tras la entrega simbólica de la iglesia al obispo, éste bendice agua v rocía con ella al pueblo, que es el templo espiritual, y asperja también el altar y los muros de la iglesia. A continuación, tras una oración, se canta el Gloria y se da paso la Liturgia de la Palabra. Terminada, se da comienzo a los ritos de la dedicación.

Oración de dedicación
La celebración de la eucaristía es el rito máximo y el único necesario para dedicar una iglesia; no obstante, de acuerdo con la común tradición de la Iglesia, tanto oriental como occidental, se dice también una peculiar y solemne oración de dedicación, en la que se expresa la voluntad de dedicar para siempre la iglesia al Señor y se pide su bendición. Con esta oración comienza propiamente el rito de la dedicación.

Unción del altar y de los muros de la iglesia.
Como se ha proclamado en las lecturas de la Liturgia de la Palabra, el altar es signo de Cristo, que es llamado y es, por excelencia, el "Ungido", puesto que el Padre lo ungió con el Espíritu Santo y lo constituyó sumo sacerdote para que, en el altar de su cuerpo, ofreciera el sacrificio de su vida por la salvación de todos. La unción de las doce cruces de las paredes de la iglesia significa que ella está dedicada toda entera para siempre al culto cristiano. Se hacen doce unciones, según la tradición litúrgica, para-significar que la iglesia es imagen de la ciudad santa de Jerusalén, fundamentada en los Doce Apóstoles del Señor, construida con las piedras vivas que son los fieles.

Cremación del incienso.
Se quema incienso sobre el altar para significar que el sacrificio de Cristo, que se perpetúa allí sacramentalmente, suba hasta Dios como suave aroma y también para expresar que las oraciones de los fieles lleguen agradables y propiciatorias, acompañadas del aroma de las buenas abras, hasta el trono de Dios.
La incensación de la nave de la iglesia significa que llega a ser casa de oración; pero se inciensa primero al pueblo de Dios, que él es el templo vivo en el que cada uno de los fieles es un altar espiritual.

Revestimiento e iluminación del altar.
El revestimiento del altar con manteles blancos y su iluminación con cirios indica que el altar cristiano es ara del sacrificio eucarístico y al mismo tiempo la mesa del Señor, alrededor de la cual los sacerdotes y los fieles, en una misma oración pero con funciones diversas, celebran el memorial de la muerte y resurrección de Cristo y comen la Cena del Señor. Por eso el altar, como mesa del banquete sacrificial, se viste y se adorna festivamente.
Tras estos ritos la Eucaristía prosigue con la Liturgia eucarística.

2.3.08

EL MINISTRO EXTRAORDINARIO DE LA COMUNIÓN

Los fieles no ordenados, ya desde hace tiempo, colaboran en la pastoral con los sagrados ministros a fin que «el don inefable de la Eucaristía sea siempre más profundamente conocido y se participe a su eficacia salvífica con siempre mayor intensidad». Se trata de un servicio litúrgico que, responde a objetivas necesidades de los fieles, destinado, sobre todo, a los enfermos y a las asambleas litúrgicas en las cuales son particularmente numerosos los fieles que desean recibir la sagrada Comunión.
La Instrucción Immensae Caritatis indica que el fiel designado ministro extraordinario de la Sagrada Comunión, y debidamente preparado, deberá distinguirse por su vida cristiana, por su fe y buenas costumbres. Se esforzará por ser digno de este nobilísimo encargo, cultivará la devoción a la Sagrada Eucaristía y dará ejemplo a los demás fieles de respeto al Santísimo Sacramento del altar. La edad mínima para ejercer este ministerio será de 30 años cumplidos.
La disciplina canónica sobre el ministro extraordinario de la sagrada Comunión debe ser, sin embargo, rectamente aplicada para no generar confusión. La misma establece que el ministro ordinario de la Sagrada Comunión es el obispo, el presbítero y el diacono, mientras son ministros extraordinarios el acólito instituido o el fiel delegado expresamente para ello. Un fiel no ordenado, si lo sugieren motivos de verdadera necesidad, puede ser delegado por el obispo diocesano, en calidad de ministro extraordinario, para distribuir la Sagrada Comunión también fuera de la celebración eucarística, ad actum o en modo estable, utilizando para esto la apropiada forma litúrgica de bendición. En casos excepcionales e imprevistos la autorización puede ser concedida ad actum –sólo para ese momento, sin que suponga un derecho para la persona que lo ejerce ocasionalmente– por el sacerdote que preside la celebración eucarística. Mientras haya un número suficiente de acólitos instituidos y de ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión, cada vez menos se necesitará recurrir a este ministerio ad actum.
Al llamar a este servicio ocasional se dará al elegido la bendición prevista en el Misal Romano La designación de esta persona idónea se hará en el siguiente orden: lector instituido, religioso, religiosa, alumno del Seminario Mayor, fiel varón o mujer mayores de 30 años(Cf. Immensae Caritatis IV).
Para que el ministro extraordinario, durante la celebración eucarística, pueda distribuir la sagrada Comunión, es necesario o que no se encuentren presentes ministros ordinarios o que, estos, aunque presentes, se encuentren verdaderamente impedidos. Pueden desarrollar este mismo encargo también cuando, a causa de la numerosa participación de fieles que desean recibir la sagrada Comunión, la celebración eucarística se prolongaria excesivamente por insuficiencia de ministros ordinarios.
Tal encargo es de suplencia y extraordinario y debe ser ejercitado a norma de derecho. A tal fin es oportuno que el obispo diocesano dicte las normas particulares que, en estrecha armonía con la legislación universal de la Iglesia, regulen el ejercicio de tal encargo. Se debe proveer, entre otras cosas, a que el fiel delegado a tal encargo sea debidamente instruido sobre la doctrina eucarística, sobre la índole de su servicio, sobre las rúbricas que se deben observar para la debida reverencia a tan augusto Sacramento y sobre la disciplina acerca de la admisión para la Comunión.
Como errores que pueda cometer el ministro extraordinario de la comunión y para no provocar confusiones han de ser evitadas y suprimidas algunas prácticas que se han venido creando en algunas Iglesias particulares.
Podemos citar como por ejemplo:
* la acción de algún gesto similar a la de los ministros ordenados durante la consagración (si están en el presbiterio)
* la comunión de los ministros extraordinarios como si fueran concelebrantes
* asociar, a la renovación de las promesas de los sacerdotes en la Misa Crismal del Jueves Santo, otras categorías de fieles que renuevan los votos religiosos o reciben el mandato de ministros extraordinarios de la Comunión
* el uso habitual de los ministros extraordinarios en las Misas, extendiendo arbitrariamente el concepto de «numerosa participación».
En definitiva, se trata de que en los fieles no se produzca ninguna confusión entre los diferentes ministerios.
Las causas que justifican la actuación de un ministro extraordinario de la Sagrada Comunión están señaladas taxativamente en la legislación eclesiástica y son:
a.- Cuando falten el sacerdote, el diácono o el acólito instituido.
b.- Si éstos no pueden distribuir la Sagrada Comunión porque se lo impide otro ministerio pastoral, por enfermedad o por motivo de su avanzada edad.
c.- Si los fieles que desean comulgar son tantos que se prolongaría excesivamente la celebración de la Misa o la distribución de la comunión fuera de la Misa.
d.- Cuando el número de enfermos que deben atender los pastores sea muy numeroso.
Los candidatos a ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión deben ser presentados por el párroco respectivo en un número prudente. El obispo o el vicario general expedirá el certificado que autoriza el desempeño de este servicio, únicamente en la parroquia para la cual han sido nombrados y por un período de dos años, renovable por una nueva petición del párroco.
Se llevará un libro de registro de los ministros extraordinarios de la Sagrada Comunión en el cual, además del nombre y de la edad, la parroquia, se consigne la vigencia de la delegación.
Los ministros extraordinarios, cuando por primera vez sean autorizados, serán presentados a la comunidad parroquial e investidos en una acción litúrgica propia, preferentemente dentro de una celebración Eucarística dominical, presidida por el obispo y/o vicario general o su delegado.
Ningún religioso(a) por el hecho de su consagración es ministro extraordinario de la Sagrada Comunión. Eso no excluye, lógicamente, que posteriormente puedan recibir ese encargo, incluso con preferencia a un laico.