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18.1.10

LA RESERVA DE LAS SAGRADAS ESPECIES

Comenzamos este artículo preguntándonos ¿Qué sentido tiene la reserva de la Eucaristía? ¿No parece más apropiado consagrar en cada Misa las hostias que van a comulgar los fieles?
La Iglesia nos dice que el fin primero y primordial de la reserva de las sagradas especies fuera la misa es para la administración del Viático, o sea, llevar el sacramento a los enfermos moribundos y así no privarles de ese consuelo tan preciso en esos dramáticos momentos.
Pero además podemos citar otros fines secundarios: la distribución de la comunión y la adoración de nuestro Señor Jesucristo, presente en el sacramento. Así pues, la reserva de las especies sagradas para los enfermos y moribundos ha dado origen a la laudable costumbre de adorar a Jesús Sacramentado conservado en el Sagrario. Este culto de adoración se basa en una razón muy sólida y firme: sobre todo porque a la fe en la presencia real del Señor le es connatural su manifestación externa y pública.
En la celebración de la misa se iluminan gradual­mente los modos principales según los cuales Cristo se hace presente a su Iglesia: en primer lugar está presente en la asamblea de los fieles congregados en su nombre; está presente también en su palabra, cuando se lee y explica en la iglesia la Sagrada Escritura; presente también en la persona del ministro; finalmente, sobre todo, está presente bajo las especies eucarísticas. En este sacramento, en efec­to, de modo enteramente singular, Cristo entero e íntegro, Dios y hombre, se halla presente sustancial y permanente­mente. Esta presencia de Cristo bajo las especies «se dice real no por exclusión, como si las otras no fueran reales, sino por excelencia».
Así, por razón del signo, no se debe tener desde el principio de la misa la reserva de las especies sagradas en el altar y se llevan solamente en el momento de la comunión. Un acólito instituido o un ministro ordenado las trae del Sagrario y las coloca sobre el corporal antes del Cordero de Dios. Tras la distribución de la comunión, el acólito las vuelve a guardar en el Sagrario. Tanto al tomarlas como al depositarlas hará genuflexión.
Las hostias de la reserva deben renovarse frecuentemente y conservarse en un copón o vaso sagrado, en la cantidad suficiente para la comunión de los enfermos y de otros fieles.
Las iglesias y oratorios públicos en los que se guarda la Santísima Eucaristía deben estar abiertos diariamente durante el tiempo oportuno del día para que los fieles puedan fácilmente orar ante el Santísimo Sacra­mento.
El lugar en que se guarda la santísima Eucaristía debe ser verdaderamente destacado. Conviene que sea igualmente apto para la adoración y oración privada, de modo que los fieles no dejen de venerar al Señor presente en el sacramen­to, aun con culto privado, y lo hagan con facilidad y provecho. Ese fin se consigue más fácilmente cuando el sagrario se coloca en una capilla que esté separada de la nave central del templo, sobre todo en las iglesias en las que se celebran con frecuencia matrimonios y funerales y en los lugares que son muy visitados, ya por peregrinaciones, ya por razón de su importancia artística o histórica.
Sobre el Sagrario ya publicamos un artículo por lo que sólo recordamos que la sagrada Eucaristía se reservará en un Sagrario sólido, no transparente, e inviolable. De ordinario, en cada iglesia habrá un solo sagrario, colocado sobre un altar o fuera de un altar, pero en alguna parte de la iglesia que sea noble y esté debidamente adornada, ardiendo constantemente una lámpara de aceite o cera como signo de honor al Señor.

2.1.10

LA CELEBRACIÓN DOMINICAL SIN PRESBÍTERO

Existen ocasiones en las que en algunas comunidades es imposible celebrar la Misa dominical por falta de sacerdotes. Para estos casos y para que el pueblo de Dios no quede sin celebrar el domingo la Iglesia ha previsto una celebración especial. Así, en aquellos casos ocasionales que en una parroquia en un determinado domingo no se pueda celebrar la Eucaristía por ausencia del presbítero, es conveniente que se reúna igualmente la comunidad, con una celebración que ciertamente no será eucarística, pero que permite que la comunidad se reúna para escuchar la Palabra de Dios, rezar, y comulgar con pan ya consagrado
Esta celebración puede ser presidida por un laico autorizado designado para dirigir la celebración de la palabra y del sacramento La Congregación para el culto divino y de los sacramentos ha dado instrucciones específicas para regular esta práctica, y hacer que exprese la verdad de la situación: la lamentable carencia de sacerdote y de diácono.
Ante todo se debe tener cuidado y aclarar convenientemente que este tipo de celebraciones no son una «forma» de Misa ni un sucedáneo.
Si dirige la liturgia un acólito instituido llevará un alba. Si es un laico quien vestirá un traje adecuado para la función que ejerce y los religiosos usarán su hábito. Estas personas serán denominadas como «directores».
La ceremonia gira en torno al rito de la Sagrada Comunión fuera de la Misa –a la que dedicaremos un próximo artículo–, y se hacen los mismos preparativos. Sin embargo, en la celebra­ción de este rito se deben señalar algunas variaciones importantes.
a) Para simbolizar la ausencia del ministro ordinario, no se usa nunca la sede presidencial. En algunos lugares se suele extender la estola sobre el asiento vacío, como un modo de recordar esta ausencia. El laico dirige la celebración desde un asiento situado fuera del presbiterio y con pre­ferencia, cerca o incorporado a la asamblea. El altar sólo se usa para el rito de la Comunión cuando la Eucaristía se deposita sobre é1.
b) Durante el rito, el director «actúa como igual entre sus iguales». No usa saludos propios del sacerdote como por ejemplo: «El Señor esté con vosotros», y se omiten los ritos relacionados con la Misa, en especial, con la «Plegaria eucarística» u oración similar. Por tanto, se usa una forma de saludo diferente al comienzo del rito, y en el momento de la conclusión se usa una bendición de tipo laical, es decir, el director se persigna o hace la señal de la santa cruz sobre sí mismo.
c) La Liturgia de la Palabra se toma de la Misa dominical. Sin embargo, debido a que sólo el sacerdote o el diácono pueden predicar, es desea­ble que el director lea una homilía preparada por el párroco. La oración de los fieles debe seguir la serie establecida de intenciones, sin olvidar las intenciones propuestas por el obispo y una oración por las vocaciones sacerdotales, que en ese momento se hace más evidente.
d) La acción de gracias debe ser parte de la celebración. Todos se ponen de pie y miran hacia el altar, para dar gracias, tal vez con un salmo, o un himno como el Gloria, o un canto como el Magniftcat, o una letanía. La acción de gracias no debe parecerse en la forma ni una Plegaria eucarística ni a un prefacio tomado del Misal Romano. La acción de gracias comunitaria se puede hacer después de la oración de los fieles o después de la Comunión. También puede ser un acto de adoración comunitaria antes de la Comunión.
e) Antes de la oración del Señor, el director trae la Eucaristía desde el lugar donde está reservada, pone el copón sobre el altar y hace una genu­flexión. En este momento se puede hacer la acción de gracias en la forma de adoración comunitaria de la Eucaristía. Este tiempo de adoración incluye un himno apropiado, o un salmo, o una letanía dirigida al Señor Eucarístico. El director y la asamblea se arrodillan durante la adora­ción. Este acto subraya el hecho de que la Eucaristía ya se ha realizado, y se ha recibido de Dios a través de las manos del sacerdote. Por tanto, esta opción debe favorecerse. Después de la adoración, todos se ponen en pie, y el director comienza la oración del Señor, que es cantada o reci­tada por todos. Siempre que sea posible, se consumirá pan consagrado ese mismo domingo. Si no puede ser se debe hacer todo lo posible para asegurar que las especies consagradas sean recientes.
Los textos de los ritos que se utilizan para estas ocasiones deben ser pre­parados por las Conferencias Episcopales, en colaboración con la Santa Sede. El obispo diocesano establecerá otras directivas relacionadas con el papel que desempeñan los laicos que dirigen estos actos de culto eucarístico.
Terminamos citando el documento que regula este rito: "Directorio para las Celebraciones Dominicales en Ausencia de Presbítero", publicado por la Congregación vaticana para el Culto Divino el año 1988.