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21.2.13

LA INDUMENTARIA DE LOS OBISPOS


En primer lugar hay que decir que la indumentaria de los ministros depende, en primer lugar, bien de si van a realizar alguna acción litúrgica o bien en el resto de los casos. No es lo mismo oficiar alguna ceremonia litúrgica que estar presente en ella, como uno más del pueblo. Cualquier ministro ordenado puede estar presente en una eucaristía, por ejemplo,  sin presidirla ni concelebrar.  
Así, los ministros participantes en una celebración litúrgica, se revisten para ejercer su ministerio con las vestiduras sagradas, que es como hay que llamarlas y reservar el nombre de ornamentos para los elementos que adornan el altar y el presbiterio. Las vestiduras sagradas juegan un papel importante  en la celebración, con su propia pedagogía.
La vestidura litúrgica básica, desde el presidente de la celebración a los acólitos, es el alba –túnica blanca–, que debe ir con cíngulo si no queda de por sí suficientemente ceñida al cuerpo, y con el complemento del amito si se precisa, ya que su función es cubrir el cuello. Los presbíteros llevan sobre el alba la estola –tira de tela de uso común para todos los ministros ordenados– colgada al cuello con el color litúrgico que corresponda. Los diáconos llevan la estola atravesada, desde el hombro izquierdo, pasando sobre el pecho, hacia el lado derecho, donde se sujeta a la altura de la cintura
La casulla es propia de los presbíteros y la debe llevar, obligatoriamente, el ministro ordenado que preside la celebración. A los sacerdotes concelebrantes les está permito prescindir de la casulla, pudiendo vestir solo alba con estola. El diácono llevara dalmática sobre el alba y la estola. 
Tanto la estola como la casulla tienen su color litúrgico propio del tiempo.
Además, existen otras vestiduras litúrgicas, que no son objeto de este artículo.
Así pues, cuando el obispo celebra, se reviste litúrgicamente como los presbíteros, aunque en ocasiones más solemnes puede llevar la dalmática, blanca, debajo de la casulla, además de sus insignias pontificales (anillo, mitra, báculo, cruz pectoral y palio, si le corresponde).  
El hábito coral del obispo[1] lo usará cuantas veces sale para dirigirse públicamente a la Iglesia o cuando regresa de ella, cuando esté presente sin que presida la liturgia o las acciones sagradas, y en otros casos previstos en el Ceremonial, tanto en su diócesis como fuera de ella.
Este hábito coral consta de sotana de color violáceo, una banda de seda del mismo color con flecos también de seda como adorno en ambos extremos –sin borlas–, roquete de lino o de otro tejido semejante, muceta de color violáceo –sin cogulla, o sea, sin capucha–, cruz pectoral sostenida sobre la muceta por un cordón de color verde entretejido con oro, solideo y bonete de color violáceo, con borla. Cuando el obispo lleva la sotana violácea, también usa medias de ese color. Puede usar capa magna, sin armiño, en su diócesis para las grandes solemnidades; los zapatos serán negros y sin hebillas.
Fuera de los actos litúrgicos los clérigos han de vestir un traje eclesiástico digno, según las normas dadas por la Conferencia Episcopal y las costumbres legítimas del lugar –CDC 284–. 
El Directorio para el Ministerio y la vida de los presbíteros, dado por Juan Pablo II, el 31 de enero de 1994, indica en su número 66 sobre la obligación del traje eclesiástico que El presbítero debe ser reconocible sobre todo, por su comportamiento, pero también por un modo de vestir, que ponga de manifiesto de modo inmediatamente perceptible por todo fiel—más aún, por todo hombre, su identidad y su pertenencia a Dios y a la Iglesia… El traje, cuando es distinto del talar –sotana–, debe ser diverso de la manera de vestir de los laicos y conforme a la dignidad y sacralidad de su ministerio. La forma y el color deben ser establecidos por la Conferencia Episcopal, siempre en armonía con las disposiciones de derecho universal. Exceptuando las situaciones del todo excepcionales, el no usar el traje eclesiástico por parte del clérigo puede manifestar un escaso sentido de la propia identidad de pastor, enteramente dedicado al servicio de la Iglesia.
Para presidir una acto de piedad popular, como por ejemplo un Vía Crucis, que no es un acto litúrgico, sino que es un ejercicio de piedad, llevan el llamado hábito piano episcopal, que consta de una sotana negra con cordoncillo, ribetes, costuras, ojales y botones de seda color rubí, sin sobremangas; sobre esta se puede colocar una esclavina; fajín con flecos, cruz pectoral con cadenilla y solideo; las medias violáceas son opcionales. Es la indumentaria adecuada para la asistencia a actos públicos, pero no litúrgicos.
Con este hábito se permite el uso de sombrero: de paño grueso de color negro el cual puede ser adornado con cordoncillos y borlas de color verde. En circunstancias más solemnes se podrá usar un amplio manteo de seda, color violáceo – los italianos le llaman ferraiolo–, que llegue hasta los pies.
Por otro lado, el vestido común, o de uso cotidiano, puede ser la sotana negra.  Con la sotana, usan medias negras; también pueden llevar alzacuello, el solideo y la faja de color morado. La cruz pectoral se sostiene con la cadenilla. Siempre debe llevarse el anillo, independientemente de la vestidura que,  en cada momento, lleve.  Si el obispo es religioso puede llevar el hábito de su Instituto. También puede vestir el clerigman. 
Finalizamos remitiendo al lector interesado al Apéndice I del Ceremonial de los Obispos, donde se describen detalladamente las vestiduras de los obispos.


[1] Ceremonial de los Obispos, 63.

16.2.13

LA CUARESMA: TIEMPO BAUTISMAL Y PENITENCIAL


El pasado Miércoles de Ceniza hemos comenzado un tiempo litúrgico nuevo: la Cuaresma. En la actualidad “el tiempo de Cuaresma va desde el Miércoles de Ceniza hasta la misa de la Cena del Señor del Jueves Santo exclusive” (NUAL 28). El computo matemático total en la actualidad suma cuarenta y cuatro días, incluidos el Miércoles de Ceniza y el Jueves Santo. 
El Vaticano II nos dice que “prepara a los fieles, entregados más intensamente a oír la Palabra de Dios y a la oración, para que celebren el misterio pascual, sobre todo mediante el recuerdo o la preparación del bautismo y mediante la penitencia”. La Constitución Litúrgica (SC 109) recuerda el carácter bautismal y penitencial de la Cuaresma e insiste en la escucha asidua de la palabra y en la dedicación a la oración. Es la época del "Convertíos y creed en el Evangelio" (Mc 1,15).
En Cuaresma, la liturgia se hace muy patente con signos claros. Si alguna solemnidad, como san José, cae en domingo, se debe celebrar el sábado anterior.
En cuanto a normas litúrgicas y orientaciones pastorales propias podemos apuntar algunas:
* Se debe buscar la mayor austeridad posible, tanto para el altar como para los demás lugares y elementos celebrativos.
* El contraste entre esta austeridad cuaresmal y las maneras festivas que se ofrecerán al llegar la Pascua (Pascua=paso) ayudarán a captar este concepto de "paso".
* En este tiempo hay que suprimir las flores, la música instrumental, salvo si es imprescindible para acompañar el canto,  y los adornos.
* Una celebración comunitaria de la Penitencia es muy recomendable, con confesión personal como preparación inmediata al Triduo Pascual, así como el ejercicio del Vía Crucis.
* En la Misa se omite siempre el Aleluya, que volverá a resonar gozoso en la Vigila Pascual. Puede sustituirse por una aclamación cristológica.
* Se dicen los prefacios de Cuaresma, excepto las fiestas que los tengan propios.
* Los domingos se omite el Gloria.
* El acto penitencial de la misa debe destacarse.
* Las vestiduras de los ministros serán moradas. Lo anterior no excluye otros colores, como el blanco, en las fiestas de San Cirilo y San Metodio, patronos de Europa, así como en la fiesta de la Cátedra del Apóstol San Pedro, en la  solemnidad de San José y el Jueves Santo; el rojo para el  Domingo de Ramos y el Viernes Santo o el rosa del Domingo de Laetere.
* Se recomienda hacer homilía diaria, si hay suficientes fieles.
El Leccionario nos ofrece lecturas centradas en la conversión, penitencia y en la contemplación de la Pasión del Señor que se intensifica en la Semana Santa.
El Miércoles de Ceniza, día privilegiado litúrgicamente hablando, es día de ayuno y abstinencia –como el Viernes Santo– y la liturgia nos presenta el rito, característico, de la imposición de la ceniza.
En la misa de ese día se bendice y se impone la ceniza, hecha de los ramos de olivo o de otros árboles, bendecidos el año precedente. Se omite el acto penitencial, que se sustituye por la imposición de la ceniza, después de la homilía. Tras una oración impone en la cabeza o la frente la ceniza a los presentes con cualquiera de las dos fórmulas que propone el Misal: “Convertios y creed en el Evangelio” o bien “Acuérdate de que polvo eres y al polvo volverás”. Es conveniente que el sacerdote también se la imponga o le sea impuesta por algún fiel. Después sigue la Oración de los Fieles y prosigue la misa con la Liturgia Eucarística. No se dice el Credo.
También existe la posibilidad de imponer la ceniza fuera de la misa. Los días posteriores a este miércoles, hasta el primer domingo de Cuaresma, se llaman jueves, viernes y sábado después de Ceniza.
Los domingos de Cuaresma se denominan domingo I, II, III, IV y V de Cuaresma, aunque continúa la errónea costumbre de denominar al V Domingo de Cuaresma como Domingo de Pasión, nombre que ha pasado actualmente al domingo que abre la Semana Santa llamado “Domingo de Ramos en la Pasión del Señor”.
El domingo IV de Cuaresma tiene un carácter especial: se le llama “Laetere” (Alégrate) por su antífona de entrada, que comienza con esas palabras tomadas de Isaías (Is 66,10).  Este domingo está situado en la mitad de la Cuaresma y tiene un tono de alegría, pues ya está cerca el fin del ayuno y más cercana la alegría de la Pascua. Ese día está autorizado el color rosa en las vestiduras de los ministros, tal como sucede en el III Domingo de Adviento – Gaudete–.
Teológicamente, el protagonista de la Cuaresma es Cristo, que se retira a orar al desierto, que cura al ciego, que se encuentra con la samaritana y la salva. Cristo es el dueño de la historia y avanza hacia la Pascua sembrando la Salvación. En definitiva, la Iglesia nos propone una trilogía cuaresmal: oración, ayuno y limosna. 
El ayuno y la abstinencia
Finalizamos recordando las normas actuales sobre el ayuno y la abstinencia
* La abstinencia de carne o de otro alimento dispuesto por la Conferencia Episcopal se debe guardar todos los viernes del año, que tienen siempre carácter penitencial y no solo los viernes de Cuaresma, como suele creerse. Ayuno y abstinencia serán solamente el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo. La ley de la abstinencia obliga a los mayores de 14 años y la del ayuno a los mayores de edad hasta los 59 años. El ayuno consiste en hacer una sola comida al día, y algo de alimento por la mañana y por la noche. La abstinencia se refiere a productos de carne u otros. El sentido es de renuncia voluntaria a algo que nos agrada y ofrecerlo para los necesitados además de un sentido penitencial. No se trata pues de renunciar o hacer sacrificio por el hecho de hacerlo. El ayuno y la abstinencia no son un fin en sí mismo, más bien deben ser un reflejo de la actitud interior de conversión. Como la ley del ayuno es única e indivisible, una vez quebrantada –culpable o inculpablemente–, se podría seguir comiendo sin que por ello se cometiera una nueva falta. No sucede lo mismo con el precepto de la abstinencia, ya que se faltaría a ella cuantas veces se quebrantara ese día.
Las respectivas Conferencias Episcopales pueden determinar la manera en que se cumple el ayuno y la abstinencia, y sustituirlo en todo o en parte por obras de caridad y prácticas piadosas. –CDC nº 1251 y siguientes–. Así, en España, excepto los viernes de Cuaresma, los demás viernes del año puede sustituirse la abstinencia por limosna, obras o lecturas piadosas.

SIGLAS EMPLEADAS:
NUAL: Normas Universales sobre el Año Litúrgico
SC.: Sacrosanctum Concilium
CDC: Código de Derecho Canónico.