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29.2.16

EL SACRAMENTO DE LA UNCIÓN DE ENFERMOS

Comenzamos este artículo con una cita del Catecismo: «La Iglesia cree y confiesa que, entre los siete sacramentos, existe un sacramento especialmente destinado a reconfortar a los atribulados por la enfermedad: la Unción de los enfermos»[1].
Este sacramento, instituido como todos por Jesucristo, se conocía antes de la reforma del Vaticano II como «Extremaunción» y estaba dirigido a los que estaban a punto de morir. Actualmente, la «Unción de los enfermos» no se considera como un sacramento sólo para los moribundos sino que también se recomienda cuando el fiel empieza a estar en peligro de muerte por enfermedad o vejez. Si la persona recupera la salud, puede volver a recibirlo en otra ocasión, por lo tanto es un sacramento que se puede recibir reiteradas veces. También se aconseja recibirlo antes de una operación quirúrgica grave y a los ancianos cuyas fuerzas se van debilitando, aunque no haya enfermedad grave.
El rito a seguir se describe en la Constitución Apostólica Sacram Unctionem Infirmorum   ─7 de diciembre de 1972─ , de Pablo VI, que estableció lo que sigue:
«El sacramento de la Unción de los enfermos se administra a los gravemente enfermos ungiéndolos en la frente y en las manos con aceite de oliva debidamente bendecido o, según las circunstancias, con otro aceite de plantas, y pronunciando una sola vez estas palabras: per istam sanctam unctionem et suam piissimam misericordiam adiuvet te Dominus gratia spiritus sancti ut a peccatis liberatum te salvet atque propitius allevet [2]». «Sin embargo, en caso de necesidad, es suficiente hacer una sola unción en la frente o, por razón de las particulares condiciones del enfermo, en otra parte más apropiada del cuerpo, pronunciando íntegramente la fórmula»[3].
No se debe confundir el oleo bendecido que se emplea en este sacramento con el santo crisma, que está consagrado y se utiliza en otros sacramentos. Ambos oleos son bendecidos o consagrados cada año por el obispo en la misa crismal. Tampoco se debe confundir este sacramento con el Viático, que es recibir la Eucaristía como ayuda en el momento del paso hacia el Padre.   
Los ministros de la Unción son el presbítero y el obispo exclusivamente. Es deber de los pastores instruir a los fieles sobre los beneficios de este sacramento y los fieles debemos animar a los enfermos a llamar al sacerdote para recibir este sacramento.
Como todos los sacramentos, la unción de los enfermos se celebra de forma litúrgica y comunitaria, que puede tener lugar en familia, en el hospital o en la iglesia, para un solo enfermo o para un grupo de enfermos. Es muy conveniente que se celebre dentro de la Eucaristía, memorial de la Pascua del Señor. Si las circunstancias lo permiten, la celebración del sacramento puede ir precedida del sacramento de la Penitencia y seguida del sacramento de la Eucaristía. En cuanto sacramento de la Pascua de Cristo, la Eucaristía debería ser siempre el último sacramento de la peregrinación terrenal, el «viático» para el paso a la vida eterna.
La Palabra y el Sacramento forman un todo inseparable. La Liturgia de la Palabra, precedida de un acto de penitencia, abre la celebración. La celebración del sacramento comprende principalmente estos elementos: «los presbíteros de la Iglesia imponen -en silencio- las manos a los enfermos; oran por los enfermos en la fe de la Iglesia; es la epíclesis propia de este sacramento; luego ungen al enfermo con óleo bendecido, si es posible, por el obispo»[4]. Estas acciones litúrgicas indican la gracia que este sacramento confiere a los enfermos.
Los efectos de la celebración de este sacramento son varios. En primer lugar, este sacramento es una gracia de consuelo, de paz y de ánimo para vencer las dificultades propias del estado de enfermedad grave o de la fragilidad de la vejez. Esta gracia es un don del Espíritu Santo. Además, esta asistencia del Señor por la fuerza de su Espíritu quiere conducir al enfermo a la curación del alma, pero también a la del cuerpo, si tal es la voluntad de Dios. Además, «si hubiera cometido pecados, le serán perdonados» (St 5,15; cf Cc. de Trento: DS 1717). Se entiende que perdona los pecados graves solamente en el caso de que el enfermo no pueda confesar sacramentalmente por estar inconsciente o por haber perdido la facultad de darse cuenta de las cosas, a condición de estar verdaderamente arrepentido. 
Por la gracia de este sacramento, el enfermo recibe la fuerza y el don de unirse más íntimamente a la Pasión de Cristo: en cierta manera es consagrado para dar fruto por su configuración con la Pasión redentora del Salvador. Es una gracias eclesial, ya que los  enfermos que reciben este sacramento se unen a la pasión y muerte de Cristo.
Finalmente, este sacramento es una preparación para el último transito.  Si el sacramento de la unción de los enfermos es concedido a todos los que sufren enfermedades y dolencias graves, lo es con mayor razón a los que están a punto de salir de esta vida. De esta manera, también se ha llamado a este sacramento como sacramentum exeuntium o sea, sacramento de los que parten. Es pues la última de las sagradas unciones que jalonan toda la vida cristiana; la del Bautismo había sellado en nosotros la vida nueva; la de la Confirmación nos había fortalecido para el combate de esta vida. Esta última unción ofrece al término de nuestra vida terrena un sólido puente levadizo para entrar en la Casa del Padre defendiéndose en los últimos combates.



[1] Catecismo de la Iglesia católica 1511

[2] Por esta santa Unción, y por su bondadosa misericordia te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo, para que, libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad).

[3] Constitución Apostólica Sacram Unctionem
[4] Catecismo de la Iglesia Católica 1519

10.2.16

MIÉRCOLES DE CENIZA

Hoy, 10 de febrero de 2016, es Miércoles de Ceniza. El Miércoles de Ceniza es un día privilegiado litúrgicamente hablando, ya que en la tabla de los días litúrgicos según la precedencia aparece en el segundo grupo, al mismo nivel que los domingos de Adviento o la octava de Pascua por ejemplo. En este día comienza uno de los llamados «tiempos fuertes»: la Cuaresma. Es día de ayuno y abstinencia (como el Viernes Santo) y la Liturgia nos presenta el rito, característico, de la imposición de la ceniza.
En la Misa de hoy día se bendice y se impone la ceniza, hecha de los ramos de olivo o de otros árboles, bendecidos el año precedente.
Tras la Antífona de entrada se omite el acto penitencial y se pasa directamente a la Oración Colecta y a la Liturgia de la Palabra.
Acabada la homilía, el sacerdote procede a la bendición de la ceniza y pronuncia una oración. Tras rociar con agua bendita la ceniza, el sacerdote procede a imponerla en la cabeza o en la frente a los presentes con cualquiera de las dos fórmulas que propone el Misal: «Convertios y creed en el Evangelio» o bien «Acuérdate de que polvo eres y al polvo volverás». Es conveniente que el sacerdote presidente también se la imponga o le sea impuesta por algún fiel. Debe ser el primero en dar ejemplo de que se suma también a ese camino de conversión. Se debe tener preparada una toallita y agua o limón para que el sacerdote se lave las manos tras el rito de la imposición.
Después sigue la Oración de los fieles y continua normalmente la Liturgia eucarística. No se dice el Credo.
También existe la posibilidad de imponer la ceniza fuera de la misa. En este caso debe ir acompañado el rito con una Liturgia de la Palabra.
Los días posteriores a este miércoles, hasta el primer domingo de Cuaresma, se llaman jueves, viernes y sábado después de Ceniza. El color morado de las vestiduras sagradas es el propio de este tiempo.
Haciendo un poco de historia de este rito al principio se limitaba a los penitentes públicos, o sea, al grupo de pecadores que recibirían la reconciliación el Jueves santo. Desde el siglo XI comenzó a aplicarse este rito a todos los cristianos. Toda la comunidad se reconocía pecadora y se convirtió en un gesto de conversión cuaresmal.
La ceniza nos recuerda nuestra condición débil y caduca. Además, somos pecadores.
En el Antiguo Testamento hay numerosos ejemplos del uso de la ceniza como elemento penitencial y de arrepentimiento, Baste esta cita: «Josué desgarró sus vestidos, se postró rostro en tierra y todos esparcieron polvo sobre sus cabezas y oraban a Yahve» (Jos7,6).
Terminamos recordando lo dispuesto sobre el ayuno y la abstinencia.
* La abstinencia de carne o de otro alimento dispuesto por la Conferencia Episcopal se debe guardar todos los viernes de año, que tienen siempre carácter penitencial y no sólo los viernes de Cuaresma, como suele creerse. Ayuno y abstinencia serán solamente el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.
La ley de la abstinencia obliga a los mayores de 14 años y la del ayuno a los mayores de edad hasta los 59 años. El ayuno consiste en hacer una sola comida al día, y algo de alimento por la mañana y por la noche. La abstinencia se refiere a productos de carne u otros. El sentido es de renuncia voluntaria a algo que nos agrada y ofrecerlo para los necesitados además de un sentido penitencial. No se trata pues de un acto «masoquista» ni de renunciar o hacer sacrificio por el hecho de hacerlo. El ayuno y la abstinencia no son un fin en sí mismo, más bien deben ser un reflejo de la actitud interior de conversión. Como la ley del ayuno es única e indivisible, una vez quebrantada, culpable o inculpablemente, se podría seguir comiendo sin que por ello se cometiera una nueva falta. No sucede lo mismo con el precepto de la abstinencia, ya que se faltaría a ella cuantas veces se quebrantara ese día.

Las respectivas Conferencias Episcopales pueden determinar la manera en que se cumple el ayuno y la abstinencia, y sustituirlo en todo o en parte por obras de caridad y prácticas piadosas. (CDC nº 1251 y siguientes). Por ese motivo, en la diócesis de Sevilla, el arzobispo considera que acudir o participar en las procesiones que efectúan las cofradías es un acto piadoso, que sustituye al ayuno y a la abstinencia y por ese motivo dispensa a los fieles de esa práctica, pero entendiendo que se refiere a aquellos que participen devotamente en los actos de religiosidad popular.

7.2.16

LAS INDULGENCIAS Y EL AÑO DE LA MISERICORDIA (y II)

En el anterior artículo dedicado al tema de las indulgencias ya hablamos de en qué consistían y como se ganaban. Queda por decir, para el lector curioso, que en el Enchiridion Indulgentiarum se detallan las oraciones y actos que tienen concedidas indulgencias parciales.
También añadir que, de entre todas las.ciudades del mundo que han celebrado jubileos alguna vez, la Santa Sede ha concedido solamente a seis la autorización para poder celebrar jubileos in perpetuum. Esas ciudades son: Jerusalén, Roma, Santiago de Compostela (cuando el 25 de julio cae en domingo), Santo Toribio de Liébana, en Cantabria (cuando el 16 de abril cae en domingo), Caravaca de la Cruz, en Murcia  (cada 7 años) y Urda en Toledo (cuando el 29 de septiembre cae en domingo).
También hay jubileos particulares para templos que celebran algún aniversario o similar, como los celebrados en la ciudad de Sevilla concedidos a la Hermandad de la Macarena o a la del Museo por cumplir aniversario concretos. A la Real Parroquia de Santa Ana, en Triana, con motivo de su 750 aniversario, también le ha sido concedió un Año Jubilar, que irá de junio de 2016 hasta julio de 2017.
Menos conocido es el hecho de que en todas las iglesias, oratorios públicos o —por parte de quienes los empleen legítimamente— semipúblicos, puede ganarse una indulgencia plenaria aplicable y solamente en favor de los difuntos, el día 2 de noviembre. Pero en las iglesias parroquiales se puede, además, ganar una indulgencia plenaria dos veces al año: el día de la fiesta del titular y el 2 de agosto, que se celebra la indulgencia de la «Porciúncula», o en otro día más oportuno  que establezca el Ordinario.
Una de las características del Año de la Misericordia consiste, precisamente en la posibilidad de ganar indulgencias plenarias. Los templos jubilares en Sevilla capital son, además de la catedral, las cuatro basílicas menores de la ciudad. Todos los templos jubilares estará abiertos diariamente de 10 a 13:30 y de 17:00 a 21:00 h. Se recomienda que el grupo o persona que quiera ganar el jubileo vaya andando durante un cierto tiempo, peregrinando, hasta el templo elegido.  
Durante este Año Jubilar, todos los sacerdotes podrán perdonar el pecado de aborto, reservado habitualmente al obispo por su especial gravedad. Cometen ese pecado no solo la mujer embarazada, sino también todas las personas –médicos, asistentes, gestores de clínicas especializadas, etc.– que llevan a cabo materialmente ese procedimiento o lo provocan.

ACTOS PREVISTOS EN LA DIOCESIS DE SEVILLA
Los actos previstos en Sevilla por el Año de la Misericordia incluyen acogida a los Misioneros de la Misericordia el próximo Miércoles de Ceniza. Estos sacerdotes, propuestos por sus obispos al Santo Padre, podrán perdonar pecados reservados al Papa, dado que los que los cometen recurren en «excomunion latae sententiae», pecados tales como atentar contra el Santo Padre, la profanación de formas eucarísticas, la absolución a cómplices en pecados sexuales, la ordenación de obispos sin permiso, la ordenación sacerdotal inválida de mujeres o la rotura del secreto de confesión. Además tendrá lugar la iniciativa 24 horas para el Señor, «una apuesta innovadora» que se celebrará del 4 al 5 de marzo con la Exposición del Santísimo en todos los templos jubilares de la Archidiócesis. Igualmente se celebrarán más de una docena de jornadas jubilares con las que se pretende implicar a todos los sectores de la Iglesia diocesana.
Este año de gracia tendrá un gesto especial con los más necesitados como ha pedido el Santo Padre. En el caso de Sevilla se traducirá en la creación de un centro diocesano de empleo encaminado a trabajar por la inserción socio-laboral de los colectivos más vulnerables. El objetivo será la orientación laboral, la formación a través de talleres y la intermediación con las empresas para facilitar la contratación de esta mano de obra que se ha cualificado. El acceso a este centro, que permanecerá en el tiempo más allá del Año Jubilar, se hará exclusivamente a través de las Cáritas parroquiales.
UNA EXPOSICIÓN PARA EVANGELIZAR
Otra de las actividades previstas será la organización de una exposición en la Catedral de Sevilla que será «una catequesis textual y visual» a través de las obras de arte del templo metropolitano y del Palacio Arzobispal. Se inaugurará el 12 de febrero y buscará recuperar el carácter didáctico y evangelizador de estos bienes muebles para «acercar la figura de Jesucristo como rostro de la Misericordia divina para todos los hombres», según ha apuntado el comisario de la muestra, Joaquín de la Peña.
Para terminar, unas palabras de la homilía del Papa en el día de la apertura del Año Santo: 
«¿Por qué un Jubileo de la Misericordia? ¿Qué significa esto? La Iglesia necesita de este momento extraordinario. No digo: es bueno para la Iglesia este tiempo extraordinario, no, no. Digo la Iglesia necesita de este momento extraordinario. En nuestra época de profundos cambios, la Iglesia está llamada a ofrecer su contribución peculiar, haciendo visibles los signos de la presencia y de la cercanía de Dios. Y el Jubileo es un tiempo favorable para todos nosotros, porque contemplando la Divina Misericordia, que supera cada límite humano y resplandece sobre la obscuridad del pecado, podamos transformarnos en testigos más convencidos y eficaces.
Un Año Santo, por lo tanto, para vivir la misericordia. Si, queridos hermanos y hermanas, este Año Santo nos es ofrecido para experimentar en nuestra vida el toque dulce y suave del perdón de Dios, su presencia al lado de nosotros y su cercanía, sobre todo en los momentos de mayor necesidad».